Universidad Nacional de San Juan | Escuela de Comercio Lib. Gral. San Martin
San Juan / Argentina

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HISTORIA

La Universidad Nacional de Cuyo nació del clamor y necesidades de una comunidad arraigada en la región cuyana, consciente de la evolución dinámica de las sociedades modernas. Así, la “Escuela de Comercio Libertador General San Martín”, que en sus primeros momentos se la llamó “Escuela Superior de Comercio de San Juan”, surgió un 25 de Junio de 1946 teniendo su origen en iniciativas y sugerencias de los sectores más representativos de la colectividad de la provincia y en la innegable importancia que la actividad comercial representa dentro de las realizaciones del hombre moderno en la sociedad actual. 


Esto exigió la colaboración de técnicos y profesionales capacitados en la materia con el desarrollo de nuevas y mejores técnicas. La intención fue concretar algo distinto de las escuelas ya existentes, dedicadas a otras especialidades. En el ámbito provincial se llenó una necesidad impostergable para los sanjuaninos, abatidos pocos años antes por el fenómeno telúrico que destrozó sus realizaciones materiales de muchos años, pero que despertó un cambio de espíritu de creación peculiar en su pueblo, para resurgir de entre sus escombros.


Era entonces, y lo sería por muchos años más, la única escuela especializada en técnicas contables que operaba en la provincia. Su creación fue dispuesta por Resolución N° 6536/46 del entonces Interventor en la Universidad Nacional de Cuyo y tuvo principio de ejecución al disponerse el funcionamiento de una división de primer año anexa a la Escuela de Comercio “Martín Zapata” de la ciudad de Mendoza, dependiente de la misma Universidad, hasta tanto se obtuviera la aprobación del Poder Ejecutivo de la Nación y con el aporte del Gobierno de la Provincia de la importante cifra de entonces de $60.000- para sufragar los gastos demandados por la empresa en su primer año de vida-; índice evidente del interés que el propio Gobierno demostraba hacia la naciente escuela.


Desde sus comienzos la Escuela de Comercio se encuadró en los fines que la Universidad Nacional de Cuyo trazó para todos sus Institutos, tal como lo expresa en su Estatuto en el Artículo 93°: “La enseñanza secundaria en la Universidad tiene por fin servir a la formación integral y orientación de los alumnos hacia la enseñanza superior. Los establecimientos secundarios deben ser campos de experimentación docente y escuelas modelos en todos sus aspectos”.


De este modo se estructuraron sus programas de estudios, justificando su calificación de “modelo”, con una enseñanza integral humanística y técnica que permitió a sus alumnos asimilar una información apta para el quehacer en cualquier rama de los estudios superiores, pero por sobre todo, orientada hacia el estudio de las disciplinas de las Ciencias Económicas-cuya facultad de esta especialidad de la Universidad Nacional de Cuyo ejerce tutela permanente sobre esta escuela de su dependencia-, de acuerdo a lo que establece el Artículo 95° del Estatuto Universitario a través de los Consejos Directivos, Asesor de Enseñanza Secundaria y Comisión especial de la misma.


Según Resolución N° 6536: “VISTO la nota cursada en la fecha por el Señor Interventor en la Provincia de San Juan, en la cual en nombre del gobierno de esa Provincia propone la creación de una Escuela Superior de Comercio dependiente de la Universidad Nacional de Cuyo, que funcionaría en la ciudad capital de la provincia mencionada Y CONSIDERANDO que el gobierno de la Provincia se compromete a facilitar locales e instalaciones y a sufragar los gastos que demanden los sueldos de profesores y personal durante el primer año, con cuyo destino cede a la Universidad la suma de $60.000; 


Que esta iniciativa se encuentra apoyada ampliamente por la opinión pública de la Provincia de San Juan, en donde numerosos núcleos de estudiantes y padres de familia, como asimismo centros intelectuales, la industria y el comercio, han hecho llegar al gobierno y a esta Universidad sugestiones en este sentido;


Que de acuerdo a lo que dispone el Estatuto de la Universidad, en su Artículo 15°, incisos 1 y 13, corresponde al Consejo Superior ampliar la obra de difusión cultural”.