Horario del llamado: 16:00 h
1. LENGUA- 5 horas – INTERINO
Curso 2º4° - Ciclo Básico – Turno tarde
Horario de clase: lunes 1° 2° (14:00-14:40 / 14:40-15:20); martes 7° (18:25-19:00);viernes 5° 6° (17:00-17:40 / 17:45-18:25).
2. LENGUA- 5 horas – INTERINO
Curso 2º5° - Ciclo Básico – Turno tarde
Horario de clase: jueves 3° 4° 5° (15:30-16:10 / 16:10-16:50 / 17:00-17:40); viernes 1°2° (14:00-14:40 / 14:40-15:20).
3. LENGUA- 5 horas – INTERINO
Curso 1º6° - Ciclo Básico – Turno tarde
Horario de clase: martes 3° 4° 5° (15:30-16:10 / 16:10-16:50 / 17:00-17:40); viernes 3°4° (15:30-16:10 / 16:10-16:50).
4. LENGUA- 5 horas – INTERINO
Curso 2º7° - Ciclo Básico – Turno tarde
Horario de clase: martes 1° 2° (14:00-14:40 / 14:40-15:20); miércoles 5° 6° (17:00-17:40/ 17:45-18:25); jueves 7° (18:25-19:00).
Normativa para el llamado a cubrir horas:
Los aspirantes que trabajan en los tres institutos preuniversitarios (IPU), deberán acreditar indefectiblemente su pertenencia al instituto mediante certificación fehaciente, detallando el carácter (titular, interino, reemplazante o suplente). Esta certificación deberá presentarse hasta el 17/03/2026 en horario de 14:00 a 19:00 h en la Secretaría de Regencia Docente de la ECLGSM
El día del ofrecimiento todos los interesados deberán presentarse con su DNI y declaración jurada de cargos completa y firmada por el declarante, en formato UNSJ.
El ofrecimiento se realizará a la hora especificada con absoluta puntualidad y con unatolerancia de 10 (diez) minutos.
Importante: Todos los interesados deben estar inscriptos en la Junta de Clasificación Docente de la UNSJ
El día del ofrecimiento, se dará prioridad a los aspirantes presentes según título, pertenencia a los institutos preuniversitarios y orden de mérito de la Junta de Clasificación Docente de la UNSJ, de la siguiente manera:
1. Aspirantes con título docente pertenecientes a la ECLGSM en el siguiente orden:
a. Titulares
b. Interinos
c. Reemplazante o Suplente
2. Aspirantes con título docente pertenecientes a los otros dos institutos preuniversitarios en el siguiente orden:
a. Titulares
b. Interinos
c. Reemplazantes o Suplentes
3. Aspirantes que no pertenecen a los IPU en el siguiente orden de prelación:
a. Con título docente
b. Con título habilitante
c. Con título supletorio